Colombia: entre el militarismo y los derechos humanos

Ene 15th, 2004 | By | Category: América, Regiones

Lectura general de la situación de derechos humanos y violencia polí­tica en Colombia

por William Bastidas, enero 2004

En un territorio de 1.141.748 kilómetros cuadrados habitan 44 millones de personas, quienes disfrutan de una variedad de paisajes que incluye desde páramos y nevados hasta costas y desiertos. Diversidad de climas, pluralidad cultural y grandes riquezas naturales hacen parte de los aspectos favorables de Colombia. Paradójicamente esta nación latinoamericana sufre una violencia que no se cansa de cumplir años. Tan multiforme como su geografí­a.

Sin embargo, muchos conocen al paí­s en el exterior por el tráfico de drogas, es decir, tienen una imagen reducida y oscura de un lugar cuya realidad social, polí­tica, económica y cultural es mucho más rica y compleja.

Un análisis de lo que acontece en la actualidad de esta esquina de América del sur supone la necesaria referencia a algunos elementos que caracterizan su historia. En sus páginas están escritas la injusticia social y la exclusión polí­tica de las grandes mayorí­as; las luchas que éstas han librado para superar dichas contradicciones y reivindicar sus derechos; las respuestas represivas que han dado los gobiernos de turno frente a estos movimientos; El enfrentamiento por el poder entre la insurgencia y el Estado; y la polí­tica intervencionista de Estados Unidos.

No cesa la horrible noche

A causa de la violencia polí­tica y el conflicto armado, entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2003 se presentaron 2500 muertes, fueron torturadas 157 personas, amenazadas 301, 105 desaparecidas y 207 secuestradas (1). Durante los primeros nueve meses del mismo año fueron desplazados 175.270 personas dentro del territorio nacional (2). Comparten responsabilidad en estos hechos el Estado junto con los paramilitares y la insurgencia. Son cifras que suscitan debates entre el gobierno del presidente Uribe y las organizaciones que las producen. Pero cientos de informes de organizaciones nacionales e internacionales como Amnistí­a Internacional, y organismos de derechos humanos como La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de la ONU, entre otras, demuestran que detrás de estos números se multiplican tragedias personales, familiares y sociales que superan esas estadí­sticas en cantidad y en dolor.
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Luego del fracaso de los procesos de paz que se iniciaron bajo el gobierno de Andrés Pastrana en 1998 y terminaron abruptamente el 20 de febrero de 2002, surge una tendencia militarista que se materializa el 7 de agosto, cuando asume la presidencia de la República Álvaro Uribe Vélez, quien llega con el lema “Mano firme y corazón grande”. Inaugura un nuevo gobierno en medio de ataques armados de los grupos insurgentes, que golpean incluso la casa presidencial, un preludio muy claro de los tiempos que se avecinaban.
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A pocos dí­as de su posesión se declara mediante el decreto 1873 del 11 de agosto el estado de conmoción interior, un estado de excepción, dentro del cual se recortan a los ciudadanos garantí­as constitucionales. El pretexto para su adopción era la carencia de recursos financieros y jurí­dicos para atender la crisis. Era el comienzo de un perí­odo gubernamental que impulsarí­a su polí­tica de “seguridad democrática” con acento en las medidas represivas. La nueva estrategia gubernamental incluí­a otros elementos como el programa de “soldados campesinos” y la red de informantes, disposiciones que atentaban contra la distinción entre población civil y combatientes, un aspecto fundamental para hacer viable el respeto por el derecho internacional humanitario. í‰stos factores, junto con el fortalecimiento de las fuerzas armadas, el aumento del pie de fuerza militar y policial configuraban los pilares de esta polí­tica del gobierno de Uribe (3).
Se crearon las zonas de rehabilitación y consolidación. Tal como lo indica El Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia 2002, “La actuación de la fuerza pública en estas zonas constituidas por el Decreto No. 2002, no contó con el suficiente control de los órganos judiciales y del Ministerio Público” (4). Las consecuencias de las situaciones desatadas por estas zonas eran apenas previsibles: Incremento en las violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario (5).
La corte Constitucional señaló como inconstitucionales, el 26 de noviembre del mismo año, muchas de sus disposiciones.

Otro tema que genera preocupación es el de las negociaciones de paz con los grupos paramilitares, una puerta abierta para la impunidad. También en este punto la Oficina del Alto Comisionado ha hecho observaciones importantes (6).

Contra la corriente

En este afán gubernamental por resolver los problemas del paí­s de acuerdo a sus criterios militaristas, el 10 de diciembre de 2003, el dí­a internacional de los derechos humanos, el Senado aprobó en último debate la reforma constitucional antiterrorista (7), a pesar de que habí­a un gran movimiento de oposición frente a estas polí­ticas. Una vez más el gobierno del presidente Uribe ignora las recomendaciones de la sociedad civil y de la comunidad internacional.

A comienzos de 2003, La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos entregó una serie de recomendaciones sobre derechos humanos y derecho internacional humanitario. Ellas son agrupadas en seis temas y van dirigidas a la sociedad civil, al Estado y a los grupos armados ilegales. El documento señala como “Áreas de especial preocupación e importancia” el mantenimiento del Estado de derecho y la adopción y aplicación de la polí­tica de seguridad”. Con la implementación de estas medidas resurgen en el panorama de los derechos humanos y la violencia polí­tica en Colombia, fantasmas que ya han recorrido en décadas pasadas, no sólo los paí­ses latinoamericanos, sino también otras latitudes en el ámbito internacional. La posibilidad de nuevas violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario no se escapa ante esta nueva realidad.

La historia enseña que no deben repetirse experiencias nefastas. Una de las nuevas facultades contenidas en el estatuto antiterrorista, interceptación de telecomunicaciones, tiene mucho que ver con la exposición que se realiza actualmente en el Museo de Comunicaciones de Nuremberg: “Ein offenes Geheimnis” (Un secreto abierto). En la que se muestran los métodos empleados por instancias oficiales en la DDR, Alemania Oriental, para controlar la correspondencia, interceptar llamadas y otras formas de comunicación privada. No lo hace para fomentar el recuerdo de una época añorada, sino como la memoria triste de estrategias de control social que desembocaron en violaciones a los derechos fundamentales.

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Notas:

1. Revista Noche y Niebla No. 27. Banco de Datos del Cinep y Justicia y Paz. Bogotá, enero – junio 2003

2. CODHES, Consultarí­a para los Derechos Humanos y el Desplazamiento. Información que puede ser consultada en http://www.codhes.org.co

3. Cfr. Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre la situación de derechos humanos en Colombia 2002, pág. 11, párrafo 14. http://www.hchr.org.co

4. Ibid, pág. 23, párrafo 67.

5. El Banco de Datos de derechos humanos y violencia polí­tica hizo un seguimiento de estas zonas de rehabilitación y, en general, de la polí­tica de defensa y seguridad democrática, y ofrece, a través de sus publicaciones y su página de Internet http://www.nocheyniebla.org información al respecto.

6. Ver el comunicado de prensa de La Oficina del Alto Comisionado de la ONU con fecha 08.28 de 2003 y que se en cuentra en: http://www.hchr.org.co

7. La Comisión Colombiana de Juristas, en un comunicado de prensa del 12 de diciembre de 2003 anota al respecto: “Organizaciones de derechos humanos, incluida la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, pidieron al Congreso durante todo el trámite de la reforma constitucional que se archivara la iniciativa debido a la gravedad de las medidas allí­ contempladas. La solicitud se fundamentó en que con la aprobación del proyecto se vulnerarí­an los tratados internacionales de derechos humanos y los compromisos del Estado colombiano y se derogarí­a un aspecto central de la Constitución de 1991: el que prohibí­a tajantemente que las fuerzas militares pudieran ejercer funciones judiciales en relación con civiles”.

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